1- FRECUENCIA ARENA organiza una serie de propuestas participativas (en
adelante llamadas El Entretenimiento) a través de una plataforma
tecnológica de entretenimientos, en la República Argentina,
las cuales se regirán por las presentes Bases y Condiciones (en
adelante las "Bases"). La participación en estas propuestas
implica el íntegro y total conocimiento, aceptación y consentimiento
de estas Bases, así como de las decisiones que eventualmente adopte
FRECUENCIA ARENA sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.
A tales efectos gozarán del derecho de definir, establecer e interpretar
aquellas circunstancias o extremos que no se encuentren expresamente contempladas
en estas Bases, careciendo de acción o derecho a reclamo alguno
cualquiera de los participantes en función de lo preexpuesto.-
2- Podrán participar de El Entretenimiento en cualquiera de sus
variantes o propuestas cualquier persona residente en la República
Argentina, y que a) para Telecom Personal S.A. sea cliente, incluidos
los que tengan planes empleados facturables; y/ó b) para Telefónica
Comunicaciones Personales S.A.: siempre que la titularidad de la línea
no esté a nombre de Telefónica Comunicaciones Personales
S.A.; y/ó c) Para CTI Compañía de Teléfonos
del Interior S.A. y CTI PCS S.A., sea cliente, siempre que sean líneas
comerciales y que la factura no esté a nombre de CTI Compañía
de Teléfonos del Interior S.A. o CTI PCS S.A.; y/o d) Para Compañía
de Radiocomunicaciones Móviles S.A.: toda aquella persona, física
o jurídica, que adquiera tal calidad con relación a CRM,
de conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Reglamento
General de Clientes del Servicio de Comunicaciones Móviles (aprobado
por Resolución S. C. N.° 490/97) y en el artículo 1.12.
del Reglamento del Servicio Radioeléctrico de Concentración
de Enlaces (aprobado por Resolución S. C. 1815/95); y/o e) NEXTEL
Argentina sea cliente, siempre que sean líneas comerciales y que
la factura no esté a nombre de NEXTEL Argentina S.A. En todos los
casos, las personas físicas deberán ser mayores de 21 años
y no encontrarse en mora en el pago de las facturas correspondientes a
los referidos servicios. Los menores de edad que participen de las propuestas
deberán contar con autorización expresa de sus padres y
presentar las mismas al momento en que FRECUENCIA ARENA lo requiera. A
todos los efectos legales, en caso que el teléfono celular sea
propiedad de una persona jurídica, se entenderá que es ésta
quien ha realizado la comunicación respectiva.
3- Dentro de las propuestas
participativas que integran El Entretenimiento, se encuentran las siguientes:
3.1 La propuesta denominada “ENCUESTAS DE OPINIÓN”
a través de la cuál los oyentes de FRECUENCIA ARENA enviando
un mensaje de texto (SMS) desde su teléfono celular al número
55588, podrán participar votando por las diferentes opciones previstas
en las encuestas que sean promovidas desde FRECUENCIA ARENA.
3.2 La propuesta denominada “CASILLAS DE MENSAJES” mediante
la cual el oyente podrá dejar enviar un mensaje de texto o SMS
al número 55588 desde su teléfono celular a FRECUENCIA ARENA
o alguno de los artistas que en ella trabajan.
3.3 La propuesta “CONCURSOS
Y JUEGOS INTERACTIVOS” contempla la participación de los
oyentes a través de diferentes concursos consistente en la respuesta
que deberá dar cada participante a una pregunta o consigna a la
que se le asignarán dos (2) o más respuestas optativas o
alternativas, de las cuáles solo una de ellas es la correcta, debiendo
dicho participante ejercer una de las opciones como modo de participación
a través del su teléfono celular enviando un mensaje de
texto (SMS) al número 55588. Del universo de votantes que hayan
respondido correctamente a la pregunta o consigna establecida, se seleccionará
a través de la plataforma que opera el sistema del organizador
y en forma semanal/quincenal o mensual un ganador, ameritando éste
un premio a elección de FRECUENCIA ARENA. Con la frecuencia que
determine la Radio, sea esta diaria/semanal/quincenal/mensual o cualquier
otra que determine FRECUENCIA ARENA, se procederá al cambio de
pregunta o consigna y sus respectivas respuestas optativas o alternativas.
El anuncio de los ganadores de esta propuesta se producirá en FRECUENCIA
ARENA.
3.4 La propuesta “JUEGOS INTERACTIVOS DE PREGUNTAS MULTIPLES”
contempla la participación de los oyentes a través de diferentes
Juegos de preguntas múltiples consistente en la respuesta que deberá
dar cada participante a una serie de preguntas determinadas por FRECUENCIA
ARENA a las que se le asignarán dos (2) o más respuestas
optativas o alternativas, de las cuáles solo una de ellas es la
correcta, debiendo dicho participante ejercer una de las opciones como
modo de participación a través del su teléfono celular
enviando un mensaje de texto (SMS) al número 55588. El participante
sumará puntos previamente determinados por FRECUENCIA ARENA por
cada respuesta correcta y no restará puntos por las respuestas
incorrectas. Los participantes podrán enviar todos los mensajes
que deseen. Del universo de votantes que hayan respondido correctamente
a las preguntas o acumulado mayor puntaje en el menor espacio de tiempo
de respuesta, se seleccionará a través de la plataforma
que opera el sistema del organizador y en forma diaria/semanal/quincenal/mensual
o en cualquier otro intervalo de tiempo que previamente haya definido
FRECUENCIA ARENA uno o más ganadores según modelo previamente
definido por FRECUENCIA ARENA, ameritando éste un premio a elección
de FRECUENCIA ARENA. Con la frecuencia que determine la Radio, sea esta
diaria/semanal/quincenal/mensual o cualquier otra que determine FRECUENCIA
ARENA, se procederá a la incorporación de nuevas preguntas
y sus respectivas respuestas optativas o alternativas, en la medida que
esta modalidad haya sido previamente definida por FRECUENCIA ARENA. El
anuncio de los ganadores de esta propuesta se producirá en FRECUENCIA
ARENA.
4- El costo de los mensajes de texto (SMS) será de Cincuenta Centavos
de Pesos ($ 0,50) más impuestos.
5- Condiciones para que un ganador de la propuesta identificada como 3.3
Y 3.4 precedente, sea acreedor del premio estipulado: En caso que un participante
resultara ganador de la propuesta consignada como 3.3 o 3.4 será
informado de este extremo a través de la comunicación que
se realice por los medios y canales establecidos en cada uno de los acápites
enunciados, medios que servirán como suficiente acto notificatorio.
Para acceder a cada uno de los premios enunciados y transformarse el ganador
en legítimo acreedor de los mismos, se deberán cumplimentar
los siguientes requisitos:
5.1 Presentarse en el lugar, fecha y horario dispuesto por FRECUENCIA
ARENA
5.2 Presentar DNI en original y adjuntar una copia para constancia de
FRECUENCIA ARENA, en su caso.
5.3 Acreditar ser el titular
de la línea telefónica desde la cual se participó
en la propuesta de la cual resultó seleccionado como ganador, no
adeudando pagos correspondientes a los servicios de telefonía celular
de su compañía proveedora, debiendo haber abonado los cargos
correspondientes no más allá de su segundo vencimiento indicado
en la respectiva factura, acreditando tal circunstancia dentro de los
5 días de producido dicho segundo vencimiento, para los supuestos
en los cuales corresponda dicha modalidad.. En caso de ser persona jurídica
la titular del aparato telefónico desde donde se realizó
la llamada, deberá presentarse representante legal de la misma,
con facultades suficientes, acreditando tal calidad mediante modo fehaciente
, con copia de dicha acreditación a los efectos de constancia para
FRECUENCIA ARENA.-
5.4 Ser mayor de 21 años
o si ha participado siendo menor, acreditar la autorización de
sus respectivos progenitores por escrito a ser entregada a FRECUENCIA
ARENA y concurrir al retiro del premio con los mismos, debiendo éstos
acreditar tal calidad. En caso de no presentarse en tiempo y forma o de
no cumplimentarse alguno de los demás requisitos establecidos en
el presente artículo, caducará en forma automática
el derecho del ganador a hacerse del respectivo premio o al reclamo de
cualquier otro concepto o compensación, careciendo en consecuencia
de derecho a alguno contra FRECUENCIA ARENA o cualquier otro tercero vinculado
directa o indirectamente con la misma.-
6- Todos los mensajes de texto (SMS) al número 55588, serán
considerados válidos, sin que pueda oponerse a FRECUENCIA ARENA
la pérdida, extravío, hurto, robo, avería o mal funcionamiento
de los correspondientes equipos telefónicos.-
7- FRECUENCIA ARENA no se responsabiliza y el participante así
lo consiente, por cualquier mal funcionamiento o desperfecto derivado
de los sistemas explotados o servicios brindados por las respectivas compañías
proveedoras del servicio de comunicaciones móviles o celular.-
8- FRECUENCIA ARENA se reserva el derecho de interrumpir cualquiera de
las comunicaciones a su entera discreción y criterio, consintiendo
en un todo el participante con esta facultad.-
9- Los participantes autorizan a FRECUENCIA ARENA a utilizar todos los
datos recabados a través del desarrollo del Entretenimiento para
la creación de una base de datos de carácter estadístico
y comercial, para uso a entero criterio de FRECUENCIA ARENA quien podrá
darle utilidad propia o comercializar o tercerizar los mismos, sin que
esta facultad genere derecho de reclamo alguno por parte de los participantes.-
10- La participación en el presente Entretenimiento importará
la expresa autorización para la difusión pública,
transmisión, retransmisión, reproducción o publicación
de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones
de imagen y/o voz y/o datos personales de los participantes en general
y los ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación
(visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión
por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier
finalidad durante el plazo de vigencia del Entretenimiento y hasta cinco
(5) años después de su finalización, sin que el participante
tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación
alguna.
11- Los participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos
de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión,
reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y/o
datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne
a FRECUENCIA ARENA respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran
formular terceras personas.-
12- Los participantes reconocen que la participación en el Entretenimiento
no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian
a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus
ingresos (ya sea por la participación en el Entretenimiento o por
la cesión de derechos antes referida).-
13- Las presentes Bases podrán ser consultadas en http://www.arena983.com.ar
14- No podrán participar del Entretenimiento los empleados de FRECUENCIA
ARENA, ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo
grado de parentesco inclusive.
15- En ningún supuesto las compañías proveedoras
del servicio de telefonía móvil serán responsable
por el contenido de las presentes Bases.-
16- FRECUENCIA ARENA se reserva el derecho de modificar eventualmente
estas bases, en función de un mejor servicio u organización
del mismo, sin que dichas circunstancias generen derecho alguno a reclamo
por parte de los participantes.-
17- Las respuestas a las preguntas o consignas correspondientes a la propuesta
identificada como 3.3 precedente, fueron extraídas de fuente fidedigna
y ante cualquier reclamo el participante deberá comunicarse con
las oficinas de producción de FRECUENCIA ARENA.
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